El reciente fallo de la Corte Suprema panameña en contra del matrimonio entre personas del mismo sexo, el referéndum que se dio en Cuba hace unos meses para aprobar, entre otras cosas, el matrimonio igualitario, y la encuesta de ‘temas sensitivos’ de la Contraloría panameña, nos llevan a la reflexión: ¿deben estar los derechos humanos sometidos a la votación de unos cuantos jueces o a la opinión de las mayorías?
Por: Rekha Chandiramani
La Corte Suprema de Panamá declaró que no es inconstitucional la frase «entre un hombre y una mujer» que sucede a la palabra matrimonio en la Constitución. Y no solo eso, le agregó otros argumentos bastante particulares para justificar el fallo: que el matrimonio se entendía para garantizar «la continuidad de la especie humana». El fallo llegó seis años después de la demanda de una pareja que quiere inscribir su matrimonio en Panamá, y justo unos meses después de la publicación de una encuesta que realizó la Contraloría en la misma línea.
Por otro lado, Cuba votó en referéndum el año pasado su nuevo Código de la Familia, ejercicio en el que, entre otras cosas, se aprobó el matrimonio igualitario. Fue el primer plebiscito en la isla para aprobar una ley específica, y la única de las 70 leyes que se actualizará con participación ciudadana tras el referéndum de 2019, en el cual se aprobó una nueva Constitución.
Si bien el referéndum es la expresión más directa de participación ciudadana, la coyuntura cubana –una sociedad conservadora que vive en un régimen político comunista– vuelve a traer al tapete un viejo debate sobre los derechos humanos y las mayorías: ¿deben aprobarse los derechos humanos en los códigos nacionales solo si lo quieren las mayorías?.
Una especialista en DDHH que pidió reserva de su nombre, piensa que la adopción del nuevo código de la Familia en Cuba es algo positivo, pero cuestionó como algo “por lo menos problemático” el someter los derechos humanos a la opinión de las mayorías. «Los derechos humanos son inherentes a la naturaleza humana y la dignidad no está sujeta a opiniones, ni de mayorías ni de minorías», reivindicó.
Por otro lado, la abogada internacionalista Gilma Camargo invitó en su momento a ver con mayor profundidad lo ocurrido en Cuba, resaltando el proceso de educación y comunicación que tuvo lugar en la isla previo al referéndum. Y, en efecto, de acuerdo a un reporte de France 24, antes de ser aprobado por la Asamblea cubana, el nuevo Código de la Familia fue consultado y discutido en 79,000 asambleas comunitarias durante tres meses.
“Por eso el proceso de Cuba fue interesante, porque no fue el gobierno diciendo firmamos esto y aquello, sino que se fue discutiendo en las comunidades, en la escuelas, hablaron las madres, etc. Y al ser un país tradicionalmente machista, entendieron que debían educarse y discutir”, resaltó la jurista.
La encuesta de ‘temas sensitivos’ en Panamá
La Contraloría publicó a través de su Instituto de Estadística y Censo (INEC) en septiembre de 2022 los resultados de unas preguntas que por primera vez incluyeron en su encuesta de propósitos múltiples, las que usaron para sondear la percepción ciudadana en lo que calificaron como “temas sensitivos”.
La entidad publicó los resultados de la encuesta y dio a conocer algunos datos sobre la representatividad de la muestra, pero no ha publicado aun una ficha técnica completa ni los datos desagregados que permitan hacer un análisis más profundo de los resultados y sus sesgos.
Sobre los «temas sensitivos», la encuesta arrojó que el 77% se oponía a la legalización de uniones entre el mismo sexo y el 76% se oponía al matrimonio igualitario.
Sin embargo, las preguntas que se realizaron en dicha encuesta reflejan varios sesgos desde su construcción, lo que bien pudo haber conducido las respuestas de los entrevistados.
Por ejemplo, la pregunta ‘d’ de la encuesta plantea lo siguiente: “Actualmente la ley panameña solo permite el aborto terapéutico en casos de violación, malformación fetal y riesgo de vida de la mujer. ¿Qué tan de acuerdo está con que en Panamá se modifique la actual ley para permitir el aborto por cualquier causa que la mujer decida?”.
La afirmación previa a la pregunta tiene un error trascendental y es que el aborto terapéutico –según la ley vigente- solo aplica para casos de malformación fetal y riesgo de vida de la mujer y se permite hasta la semana 22, mientras que el aborto por violación tiene otro procedimiento: requiere poner una denuncia y solo se puede ejecutar hasta las ocho semanas. Si una mujer o una niña violada recibe la autorización del aborto por parte de un juez en la semana nueve, el médico que la practique puede ser condenado y la madre también.
Justo esa área gris en la que quedan las víctimas de violación después de la octava semana de embarazo fue revelada ampliamente en una investigación que publicó este medio en conjunto con CONNECTAS, que se tituló Niñas embarazadas: entre la espada y la ley. Sin embargo, la pregunta de la encuesta de la Contraloría hace ver que la ley contempla el aborto terapéutico en las mismas condiciones que el aborto por violación, cuando no es así.
Y algunas de las otras preguntas, las que van en la línea de “qué tan de acuerdo está con que en Panamá se legalice la unión entre personas del mismo sexo”, o que “En Panamá, a las parejas del mismo sexo, se les permita la adopción de menores” o si “considera que las personas LGBTIQ+ tienen los mismos derechos que el resto de la población” nos retrotraen a la pregunta mayor: ¿dependerán estos derechos de las minorías en Panamá de lo que piense la mayoría?.
El director del INEC, el economista Samuel Moreno, dijo en una entrevista que la encuesta se realizó por iniciativa propia y que se hizo para aportar data en la discusión de “temas emergentes y sensitivos” que gravitan en la sociedad y que se están discutiendo “sin evidencia”. Incluso adelantó que se quedó por fuera el “tema de la pena de muerte”, que incluirán en la próxima encuesta de propósitos múltiples .
Moreno también reconoció el sesgo de ese “primer ensayo” al dirigir estas preguntas “al jefe del hogar” en la encuesta, mientras que defendió la representatividad que siempre ha cuidado el INEC en sus estadísticas: 16,324 viviendas, 15,332 de ellas en áreas urbanas y rurales y 992 en comarcas.
Durante la presentación de los resultados de la encuesta, el Contralor Gerardo Solís dijo que el propósito de divulgar los resultados es “que sirva de una línea base que por primera vez tenemos de manera estadística” para que “los diferentes grupos interesados en el tema puedan tratarlo sabiendo la línea de la cual parten y sus acciones a donde los lleven”. A renglón seguido, reiteró su responsabilidad (de la entidad que dirige) de “aportar data significativa e importante para las políticas públicas que beneficien a todos los panameños, incluyendo las minorías”.
Javier Stanziola, economista y ex investigador del Centro Internacional de Estudios Políticos y Sociales (CIEPS) valoró en su momento la publicación de los resultados de la Contraloría aun con “las limitaciones y sesgos –en este caso como el de preguntarle al “jefe del hogar” – que tienen todas las encuestas”. “Al final tienes información sobre miles de personas que no conoces, escogidas aleatoriamente. Eso es mejor que tomar decisiones sobre políticas públicas basado en lo que tu burbuja te diga”, indicó.
Consciente del riesgo de que los “fuertes resultados” sean usados por “grupos antitodo” para “validar su propaganda” o para “criticar la metodología” del encuestador –razones por la cual Stanziola afirma que otros investigadores se han abstenido de publicar los mismos resultados obtenidos por el INEC– optó inicialmente por una visión positiva “como la teoría del juego, en la cual en la primera ronda tienes que confiar en la persona con la que estás jugando”. Tuvieron una pregunta de investigación, encuestaron, trabajaron los resultados y los publicaron, sintetizó Stanziola.
Camargo, por su parte, advierte que sin ficha técnica no hay manera certera de interpretar los resultados porque “yo puedo hacer una encuesta con grupos evangélicos y puedo conseguir el resultado que quiero”. El propósito de una encuesta de este tipo –dice Camargo- sería entender hasta dónde la sociedad panameña entiende los derechos humanos a los que se están haciendo referencia para entonces decidir cómo educar a la población y como podrían tener un mejor entendimiento. Siendo así, la encuesta de Contraloría debe servir como base exploratoria para crear un mecanismo de estudio, concluye la también defensora de las víctimas de la Invasión.
Pero mientras la sociedad panameña debate la aceptación o no de las mayorías de ciertos derechos humanos, el sistema judicial va acumulando más y más víctimas. Desde niñas violadas obligadas a ser madres porque llegaron ‘tarde’ al sistema y no pudieron acceder al aborto, hasta parejas del mismo sexo a las que la Corte le negó hace poco el reconocimiento de su unión, justo cinco meses después de la publicación de la encuesta «sensitiva» de la Contraloría.
Tras el fallo de la Corte panameña, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos lamentó la decisión y urgió al país a garantizar el derecho a la igualdad y a la no discriminación de las familias diversas. «Esta decisión impacta de manera negativa el principio de igualdad y no discriminación al excluir la posibilidad de matrimonios entre personas del mismo sexo y el reconocimiento de aquellos celebrados en el exterior», plantearon en su comunicado.
Y es que, citando un fallo de la Corte Caribeña de Justicia que declaró inconstitucional la prohibición de aparecer vestido en público como el sexo opuesto: “la diferencia es algo tan natural como respirar. Existen variedades infinitas de todo lo que hay bajo el sol. La sociedad civilizada tiene el deber de acomodar adecuadamente las diferencias entre los seres humanos. Solo así podremos respetar la humanidad de todos. Nadie debería tener su dignidad pisoteada o sus derechos humanos negados simplemente por una diferencia, especialmente una que no representa una amenaza para la seguridad pública y el orden público”.
A decir de Ramsey Clark, un ex fiscal de los Estados Unidos, “un derecho no es algo que alguien te da; es algo que nadie te puede quitar”.